Caralix
Contrato de encargo de tratamiento de datos
Versión 1 · vigente desde el 01/11/2026
1. Objeto
Este contrato regula el tratamiento de datos personales que Caralix, RUC (RUC por completar) (el «encargado»), realiza por cuenta de la empresa cliente (el «responsable») al prestar el ERP y la página web de Caralix, conforme a la Ley 29733 y su reglamento.
2. Datos tratados
Los que el responsable registra en el servicio: datos de sus clientes (nombre, documento, dirección, teléfono, correo, compras y deudas), de sus proveedores, de sus usuarios y trabajadores, y de los compradores de su tienda en línea (pedidos y suscripciones a sus ofertas).
3. Obligaciones del encargado
- Tratar los datos solo para prestar el servicio y según las instrucciones del responsable; no usarlos para fines propios ni venderlos.
- Mantener la confidencialidad y exigirla a su personal.
- Aplicar medidas de seguridad: cifrado de contraseñas, credenciales y llaves; acceso limitado; respaldos; registro de auditoría de cambios.
- Usar subencargados solo para prestar el servicio (alojamiento, almacenamiento de imágenes, mensajería, correo) y con garantías equivalentes. Si están fuera del Perú, la transferencia internacional se realiza con las garantías exigidas por la ley.
- Avisar sin demora al responsable de cualquier incidente de seguridad que afecte sus datos.
- Ayudar al responsable a atender los derechos ARCO de los titulares.
- Al terminar el servicio, devolver o eliminar los datos, salvo lo que la ley obligue a conservar.
4. Obligaciones del responsable
- Contar con una base legal (consentimiento u otra) para los datos que registra.
- Informar a sus clientes y compradores sobre el tratamiento de sus datos.
- Inscribir sus bancos de datos cuando corresponda.
5. Vigencia
Este contrato rige mientras dure la prestación del servicio.